Se acerca la fecha de presentación del Informe del Empleador.
Según el articulo 61, inciso a) del Código de Trabajo, todos los patronos tienen la obligación de enviar durante los primeros dos meses de cada año, un informe impreso que por lo menos debe contener los siguientes datos:
Según el articulo 61, inciso a) del Código de Trabajo, todos los patronos tienen la obligación de enviar durante los primeros dos meses de cada año, un informe impreso que por lo menos debe contener los siguientes datos:
- Egresos totales que hayan tenido por concepto de salarios durante el año anterior, con la debida separación de las salidas por jornadas ordinarias y extraordinarias; y
- Nombres y apellidos de sus trabajadores con expresión de la edad aproximada, nacionalidad, sexo, ocupación, número de días que haya trabajado cada uno y el salario que individualmente les haya correspondido durante dicho año.
A todos los empleadores se les informa que pueden descargar los formatos para entregar el Informe del Empleador 2016 en la página web del Ministerio.
O si desean se les puede proporcionar una copia en formato digital en la 7av 3-33 zona 9 oficinas centrales del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, Dirección de Estadísticas Laborales 8º Nivel Oficina 807. (Traer un CD o USB).
Según el Artículo 61 del Código de Trabajo, todas las empresas de la República de Guatemala deben de cumplir con la entrega del «Informe del Empleador».
La entrega debe realizarse en los dos primeros meses del año 2016.
Cualquier consulta puede realizarla a los teléfonos 24222500.
http://www.mintrabajo.gob.gt/index.php/informedelempleador.html
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